Dolibarr permite aplicar retenciones de IRPF en las facturas, pero su configuración puede resultar confusa porque internamente no utiliza siempre el nombre “IRPF”. En su lugar, lo gestiona mediante los denominados impuestos locales.
En esta guía explicamos cómo configurar una retención de IRPF del 15 %, evitar que se confunda con el Recargo de Equivalencia y comprobar que el cálculo de la factura sea correcto.
Cómo identifica Dolibarr el RE y el IRPF
En una instalación de Dolibarr configurada para España, los impuestos se distribuyen generalmente de esta forma:

-
Impuesto principal: IVA.
-
Impuesto local 1 (
localtax1): Recargo de Equivalencia. ( RE ) -
Impuesto local 2 (
localtax2): retención de IRPF.
En el diccionario de tasas pueden aparecer con estos nombres:
-
Tasa de impuesto 2: RE.
-
Tasa de impuesto 3: IRPF.( no siempre, versiones más antiguas )
Esta diferencia entre los nombres mostrados en pantalla y los nombres internos de la base de datos es una de las principales causas de confusión.
1. Configurar el país de la empresa
En primer lugar, debemos asegurarnos de que Dolibarr sabe que nuestra empresa opera en España.
Accedemos a:
Inicio → Configuración → Empresa/Organización
Comprobamos que el país seleccionado sea:
España (ES)
Dolibarr utiliza el país para cargar las reglas fiscales correspondientes. Si la empresa está asociada a otro país, las opciones relacionadas con RE e IRPF pueden no aparecer o funcionar de forma diferente.
2. Indicar que la empresa utiliza IRPF
En la misma configuración de Empresa/Organización debemos buscar las opciones fiscales y activar el uso del segundo impuesto local.
Dependiendo de la traducción instalada, puede aparecer como:
Sujeto a IRPF
o como:
Sujeto al segundo impuesto local
Esta opción debe estar activada para que Dolibarr permita calcular retenciones de IRPF.
3. Configurar el IRPF del cliente
En Dolibarr 22 no existe necesariamente una pestaña denominada “Finanzas” dentro del tercero. La configuración se realiza editando su ficha principal.
La ruta es:
Terceros → Listado → Seleccionar cliente → Modificar
En el apartado de información fiscal debemos activar el impuesto local correspondiente al IRPF y seleccionar su valor.
Tras guardarlo, en la misma ficha de Tercero, Editamos "Localtax2" y eescribimos -15, en Negativo.
Internamente, Dolibarr debe guardar algo equivalente a:
localtax2_assuj = 1 localtax2_value = -15
El primer valor indica que el tercero está sujeto a retención. El segundo establece el porcentaje aplicable.
Es importante introducirlo con signo negativo:
-15
La retención reduce la cantidad que debe pagar el cliente. Si se introdujera 15 sin el signo negativo, Dolibarr podría sumarla al total en lugar de restarla.
4. Revisar el diccionario de tasas de IVA
Accedemos a:
Inicio → Configuración → Diccionarios → Tasas de IVA
En una instalación española deberían aparecer las tasas habituales:
-
IVA del 0 %.
-
IVA del 4 %.
-
IVA del 10 %.
-
IVA del 21 %.
En estas tasas podemos encontrar columnas para el impuesto 2 y el impuesto 3.
Por ejemplo, en la tasa estándar del 21 % puede aparecer:
IVA: 21
Impuesto 2: 5.2
Impuesto 3: -15:-15:-15
Esto no significa que Dolibarr aplique siempre IVA, RE e IRPF simultáneamente. Los impuestos locales se activan en función de la configuración fiscal de la empresa y del tercero.
Tampoco significa que -15:-15:-15 sea una retención del 45 %. Los dos puntos separan valores internos que Dolibarr puede utilizar para determinar la retención aplicable. No se suman entre sí.
Si el cliente tiene configurado:
localtax2_value = -15
Dolibarr seleccionará una retención del 15 %.
5. ¿Es necesario crear una tasa “IVA + IRPF”?
NO
6. Tipos de aplicación de los impuestos locales
Dolibarr permite elegir diferentes tipos de cálculo:
| Tipo | Aplicación |
|---|---|
| Tipo 1 | Productos y servicios, calculado sobre la base imponible |
| Tipo 2 | Productos y servicios, calculado sobre base más IVA |
| Tipo 3 | Solamente productos, calculado sobre la base imponible |
| Tipo 4 | Solamente productos, calculado sobre base más IVA |
| Tipo 5 | Solamente servicios, calculado sobre la base imponible |
| Tipo 6 | Solamente servicios, calculado sobre base más IVA |
Para una retención de IRPF aplicada exclusivamente a servicios profesionales, el tipo más específico sería:
Tipo 5
Si se selecciona por error el Tipo 3, Dolibarr no aplicará el IRPF a una línea clasificada como servicio, aunque la tasa sea -15.
Si la configuración debe funcionar tanto con productos como con servicios, puede utilizarse el Tipo 1.
7. Comprobar el cálculo con una factura sencilla
La mejor comprobación consiste en crear una factura de prueba con una única línea de servicio:
Servicio profesional: 100,00 €
IVA: 21 %
IRPF: 15 %
El resultado esperado es:
Base imponible: 100,00 €
IVA 21 %: 21,00 €
IRPF 15 %: -15,00 €
Total: 106,00 €
La operación es:
100,00 + 21,00 - 15,00 = 106,00 €
En el resumen de la factura debe aparecer:
Importe IVA: 21,00 €
Importe RE: 0,00 €
Importe IRPF: -15,00 €
Importe total: 106,00 €
8. Las líneas antiguas no siempre se recalculan
Cuando modificamos una tasa en el diccionario, Dolibarr no siempre actualiza las líneas que ya existen en una factura.
Cada línea conserva los valores fiscales calculados cuando fue creada.
Después de cambiar la configuración debemos:
-
Abrir la factura en estado borrador.
-
Eliminar la línea afectada.
-
Añadirla nuevamente con la tasa correcta.
-
Revisar los totales antes de validar.
Modificar únicamente la descripción o el precio puede no ser suficiente para reconstruir los impuestos locales.
Configuración del Régimen de Equivalencia, quedaría así:
| Incluir Tasas 2.: | Si (Tipo 1) |
| Tasa de Impuesto 2: | 5.2 |
| Incluir Tasas 3: | Si (Tipo 2) |
| Tasa de Impuesto 3: | -15:-15:-9 |
Problemas habituales
El IRPF aparece a cero
Debemos comprobar:
-
Que la empresa esté configurada para utilizar IRPF;
-
Que el tercero esté sujeto al segundo impuesto IRPF;
-
Que
localtax2_valuetenga el valor-15; -
Que el tipo elegido sea compatible con una línea de producto o servicio;
-
y que la línea se haya creado después de modificar la configuración.
RE e IRPF aparecen juntos
Esto puede ser correcto si el supuesto fiscal realmente requiere ambos impuestos. Si no es así, debemos revisar la configuración fiscal del cliente y la tasa seleccionada.
Una tasa personalizada de RE no debería tener activado también el impuesto 3 si queremos que sea exclusivamente para Recargo de Equivalencia.
Conclusión
Para configurar una retención de IRPF del 15 % en Dolibarr debemos recordar tres elementos esenciales:
Empresa habilitada para IRPF
Cliente sujeto a localtax2
Valor localtax2 del cliente = -15
Con las tasas españolas predeterminadas correctamente configuradas, normalmente no es necesario crear una nueva línea de IVA más IRPF en el diccionario.
La comprobación final debe realizarse siempre con una factura sencilla y verificando que el IRPF aparezca separado del RE, con signo negativo y descontado correctamente del total.
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